PROYECTO DE ACUERDO
Escrito por mauricio acevedo   

PROYECTO DE ACUERDO 

 

Que los trabajadores de las empresas que componen a las tres cadenas de farmacias más grandes del país,  Salcobrand, Fasa y Cruz Verde, sufren algunas situaciones de conflictividad laboral, dentro de las cuales se encuentran: prácticas antisindicales; descuentos indebidos; acoso laboral; presiones indebidas respecto de la venta de medicamentos;  mal cálculo en el pago de la semana corrida; falta de capacitación a vendedores, orientada en las indicaciones, contraindicaciones, posología etc., de los medicamentos; despido de dirigentes sindicales en Cruz Verde; falta de fiscalización por la inspección del trabajo.

2. Que existen presiones indebidas para los trabajadores respecto del cumplimiento de metas que se imponen  por las ventas de los medicamentos y que  de no lograrla, representan una amenaza de despido.  Peor aún es el caso de la poca exigencia que hoy existe para desempeñar el cargo de Auxiliar de farmacias, lo que ha provocado el desprestigio de tal función, dado que no se repara en los conocimientos que debe tener un trabajador para ejercer la venta de medicamentos, solo importa la habilidad con la que  venden los productos de conveniencia para la empresa, resultados por lo que se evalúan a los Auxiliares de Farmacias, por ejemplo, para ser bien evaluado, solo importa el cumplimiento de las objetivos comerciales impuestos a cada trabajador.  Otro factor de relevancia a considerar, es la multiplicidad de funciones que deben asumir los Auxiliares de Farmacias, como, envolver, recibir pagos de tarjetas, ofrecer tarjetas de crédito, carga de celulares, aseo, revisar vencimientos, reposición  de medicamentos, revisión de pedidos, etc., sin duda que estas exigencias ponen en riesgo a los consumidores, y el no cumplimiento representa una calificación deficiente, con el agravante de no cumplir con el perfil para el cargo.  Es así como los trabajadores quedan sin opción  de ofrecer al público, medicamentos distintos de los fijados por las cadenas de farmacias,En Farmacias Cruz Verde los medicamentos vencidos son descontados a los trabajadores, a través de su liquidación de su sueldo, asimismo, es el descuento que se realiza toda vez que los inventarios son negativos, situación que es de todo punto de vista abusiva. Cabe agregar que no hay  un detalle de  ventas  en sus liquidaciones,  solo se señalan pago de comisiones que no se entienden. En estas condiciones se efectúan amenazas de despido o de cambio de local para que los trabajadores logren vender  las ventas por ellos exigidas. Además, se ejercen presiones por medio de la incorporación de anexos a los contratos, que alteran las condiciones laborales existentes. Estos empleadores de Cruz Verde, presionan de tal manera  a los trabajadores para que firmen los anexos,  a través de amenazan de despido, de no hacerlo. Estas situaciones violentan claramente la legislación laboral  vigente. 

3. Que respecto  de las practicas antisindicales, cabe señalar, que Cruz Verde, no permite a sus trabajadores formar sindicatos, incluso, cuando se han intentado formar han sido  despedidos, a mayor fundamento, podemos mencionar el despido del dirigente sindical Mauricio Jara con fecha 12 de junio de 2009, posterior a la constitución de la organización, denominada Sindicato de Empresa Farmacias Cruz Verde S.A. , el 11 de junio de 2009, que se certifica por medio de documento emitido por la Inspección del trabajo respectiva, con personalidad jurídica vigente, inscrita en la Inspección Provincial del trabajo Cordillera, con el Nº RSU 13050512, certificado emitido por la encargada de relaciones laborales Sra. Patricia Antonia Gonzalez Medina, de ahí, que existe un fundado temor por parte de los trabajadores de perder su fuente laboral si pretenden ejercer sus derechos sindicales.  Es así como el artículo 289 del Código del Trabajo es absolutamente claro en señalar que: Serán consideradas prácticas desleales del empleador, las acciones que atenten contra la libertad sindical que  Incurre especialmente en esta infracción: “a) El que obstaculice la formación o funcionamiento de sindicatos de trabajadores negándose injustificadamente a recibir a sus dirigentes, ejerciendo presiones mediante amenazas de pérdida del empleo o de beneficios, o del cierre de la empresa, establecimiento o faena, en caso de acordarse la constitución de un sindicato; el que maliciosamente ejecutare actos tendientes a alterar el quórum de un sindicato.”

4. Por otro lado, no hay cursos de capacitación para los auxiliares de farmacias, hoy en día y según lo indica el Artículo 28 del Reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos  autorizados (Decreto N° 466 de 1984, Publicado en el Diario Oficial de  12.03.85)  se da el calificativo de auxiliar de farmacia: “Artículo 28. Se dará el calificativo de Auxiliar de Farmacia a toda persona que ingrese a una farmacia en calidad de tal, para desempeñarse bajo la supervisión del Director Técnico y cuente con la correspondiente inscripción en el Servicio de Salud, para lo cual debe cumplir con los siguientes requisitos:  a) Haber rendido satisfactoriamente el 2º año de enseñanza media o estudios equivalentes, calificados por el Ministerio de Educación Pública; b) Presentar certificado de antecedentes, y c) Suscribir un contrato de trabajo.” De ello se desprende que, no hay una alta exigencia para ser auxiliar de farmacia, solo los requisitos señalados con anterioridad y si consideramos la importancia de la labor del auxiliar de farmacia por el tipo de producto que vende al publico (que dice relación con la salud humana) debería necesariamente tener mayor especialización en el área y cumplir con requisitos mas exigentes para realizar su labor. 

5. Que ante estas denuncias que transgreden la normativa vigente, que no respetan los derechos de los trabajadores y que ponen en riesgo la seguridad de las personas ya que  los productos que venden que son vitales para el bienestar del consumidor. Es indispensable que el Servicio de Salud evalué las actuales exigencias con el fin de resguardad  al consumidor a través de requisitos básicos para el ejercicio de la venta de medicamentos y que la dirección del trabajo extreme sus labores de fiscalización  de empleadores que no cumplen con las normativas establecidas. 

 6. Que de constatarse estas denuncias se debiera implementar un Plan de Fiscalización, para evitar que sigan ocurriendo tales hechos. Además, deberían solucionarse los problemas de los trabajadores respecto de sus condiciones laborales y nivel de capacitación. La necesidad de superar los innumerables problemas que se han presentado en las tres cadenas de farmacias, especialmente Cruz Verde, no pueden servir de excusa para no respetar y cumplir la normativa laboral vigente.  

 

7. Que es necesario implementar un plan por parte de la Inspección de Trabajo y el Ministerio de Salud, para la creación de cursos de capacitación reconocidos por el Ministerio de Salud con una duración de a lo menos un año, donde se les otorgue una credencial de identificación como Auxiliar de Farmacia  que les permitirá efectuar ventas  de medicamentos en farmacias, estableciendo una  diferencia de estos cargos con  los cargos y  funciones que no sean vendedores de medicamentos, los que no estarán facultados para realizar dichas ventas ( por ejemplo: perfumería bodegueros, asistentes de salas entre otros).

8. Para llevar a cabo estas medidas, es necesario que se modifique el Decreto 466 del Ministerio de Salud, en dicha modificación se debe incluir un curso relacionado tanto con los principios activos, administración y contraindicaciones de los medicamentos, entre otros temas, con una duración de un año para calificar como Auxiliar de Farmacia y ejercer la venta de medicamentos, el que certificará el Ministerio de salud, a través de un carnet, además se capacitara por lo menos una vez al año a todos los auxiliares de farmacia, con el fin de actualizar y reforzar los conocimientos que se requieren para la venta de medicamentos; debe existir un solo reglamento que regule el funcionamiento de las farmacias; también se hace necesario un  trabajo conjunto del Ministerio de Salud y del Ministerio del trabajo para fiscalizar mejor el cumplimento de la normativa laboral vigente. Por ello,

El Senado acuerda:Solicitar al Ministerio de Salud modificar el Decreto 466 respecto de la capacitación y requisitos para ser auxiliar de farmacia y solicitar a la Dirección del Trabajo, la implementación de un plan de fiscalización dirigido a coordinar, detectar, verificar y sancionar las irregularidades  y transgresiones a la normativa laboral vigente,  que se cometen por parte de las cadenas de farmacias mencionadas, esto es, Fasa, Salcobrand y Cruz Verde y que han sido denunciados por  los  trabajadores, sus organizaciones sindicales, especialmente, en todo lo que tiene que ver con el acoso laboral; presiones indebidas respecto de la venta de medicamentos; prácticas antisindicales; descuentos indebidos;  mal calculo en el pago de la semana corrida; falta de capacitación de  los vendedores; etc.    

 

 

 

Alejandro Navarro BrainSenador